Calculadora de Salario Neto en República Dominicana (2026)
Calcula el salario neto mensual aplicando las tarifas 2026 de TSS (SFS 3.04% + AFP 2.87%) e ISR según el Art. 296 del Código Tributario. Ingresa el sueldo bruto y muestra los descuentos paso a paso.
Fundamento legal
- CT Art. 296Impuesto sobre la renta del trabajo asalariado — escala progresiva
Establece la escala anual del ISR sobre rentas del trabajo (0%, 15%, 20%, 25%) con exención hasta RD$416,220 anuales para el año 2026. La calculadora anualiza el salario mensual, aplica el tramo y divide entre 12.
Ver texto oficial ↗ - CT Art. 307Retención sobre salarios y deducciones permitidas
Obliga al empleador a retener el ISR mensualmente sobre el salario menos las contribuciones al Sistema Dominicano de Seguridad Social (TSS). Otras remuneraciones gravadas (bonos, comisiones) integran la renta gravable.
Ver texto oficial ↗ - Ley 87-01 Art. 15Base cotizable del Régimen Contributivo (SDSS)
La base para SFS y AFP es el salario cotizable ordinario. Las bonificaciones y otras compensaciones ocasionales NO integran la base TSS — sí integran la base ISR.
Ver texto oficial ↗ - Ley 87-01 Art. 55, 140Tasas de contribución al SFS y AFP
Empleado aporta 3.04% al SFS y 2.87% al AFP. El empleador aporta 7.09% SFS + 7.10% AFP + Riesgo Laboral. Topes 2026 vigentes: SFS RD$232,230/mes, AFP RD$464,460/mes (Res. TSS).
Ver texto oficial ↗
Antes de calcular
¿Cómo se calcula el salario neto en RD en 2026?
Se restan al bruto: TSS (SFS 3.04% + AFP 2.87%) y el ISR mensual según la escala anual 2026. El techo SFS es RD$232,230 y el techo AFP es RD$464,460 por mes.
¿Cuánto es el ISR mensual sobre un sueldo?
El ISR se calcula anualizando el bruto y aplicando los tramos 2026 (0%, 15%, 20%, 25%). El primer RD$416,220 anual está exento (Art. 296 CT).
¿Se descuentan los dependientes en el ISR dominicano?
Actualmente no. La legislación vigente no reconoce deducción por dependientes en el ISR de asalariados.
¿Este cálculo es oficial?
Es referencial y refleja la escala 2026 publicada por la DGII y las tasas TSS vigentes. Para nómina oficial consulte un contador.